Acordadas

ESTABLECER  requisitos para la LOCACION DE INMUEBLES por parte del ESTADO PROVINCIAL.


Reanudar los plazos para la presentación de Rendiciones de Cuentas de las Municipalidades y Comisiones Municipales, para la presentación de las Rendiciones de Cuentas de los Organismos de la Administración Publica Provincial, Centralizados y Descentralizados, que no estén alcanzados por el Decreto N° 958-E-2020; Auditorías en tramite que no se pueden realizar en forma remota y presentación de descargos de Juicios de Cuentas, pagos de multas y cargos formulados a los cuentadantes.


Establece Normas para Presentación de Rendiciones de Cuentas de Organismos Centralizados y Descentralizados


Modificaciones al régimen de presentaciones de rendiciones de cuentas mensuales establecidas por la Acordada N° 444/83, tanto de Organismos Descentralizados y/o Autofinanciados y Entes Residuales


CREAR la Comisión de Estudio de Contrataciones que tendrá por objeto el estudio y posterior informe de los Expedientes relativos a Contrataciones por Licitación y Concurso Público, Subasta o Remate Público, toda Contratación Directa„ incluida la que se haga por Excepción, así como en los que impliquen Licitación o Concurso Privado y Concurso de Precios, conforme los montos que determine la Legislación. También brindará el asesoramiento en cuestiones que el Presidente, las Salas o el Tribunal así lo decidan o soliciten


 Actualización de normas en tramitación de pedidos de asesoramiento o consultas – Deroga Acordada N° 295/77


ESTABLECER normas para la tramitación de Expedientes de Contrataciones pendientes de pago y cuya prestación se encuentra cumplida, a los fines de resguardar los intereses del Estado,se deberá tomar recaudos que aseguren el cumplimiento de las pautas que se establecen en la presente.


Normas para la tramitación de Expedientes de Contrataciones pendientes de pago y cuya prestación se encuentra cumplida (Hecho Consumado). Pautas de cumplimiento, requisitos y tiempos de rendición, Casos. Límites. Extremos.


Siguiendo los parámetros establecidos por la Ley N° 7253 que establece la Simplificación Normativa, Orgánica y Procedimental, y la Acordada 10/2018 de Creación del Programa de Fortalecimiento Institucional de este Tribunal de Cuentas, se establecen disposiciones a fin de actualizar y unificar los procedimientos de control implementados por este Tribunal en el marco del Procedimiento de Contrataciones.


Establece que a partir del 01 de Enero de 2021, este Tribunal de Cuentas de la Provincia no recibirá expedientes en papel de ningún organismo alcanzado por el Decreto Nº 2020-958-E-GDESDE- GSDE del Poder Ejecutivo Provincial, que declaró obligatorio el uso y aplicación del Sistema de Gestión Documental Electrónica GDE en el ámbito de la Administración Pública Provincial. 


REANUDAR los plazos que fueran suspendidos mediante el artículo 2° de la Acordada N° 2020- 8-E-TDEC, a partir del 16 de diciembre del año en curso para la presentación de Rendiciones de Cuentas de las Municipalidades, Comisiones Municipales y presentación de descargos, pagos de multas y cargos formulados a los cuentadantes


ADHERIRSE al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 332/2021 (DECNU-2021-334-APN-PTE) y el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 1044-E-2021 (DECRETO-2021-1044-E-GDESDE-GSDE), para evitar el avance y propagación del coronavirus


REANUDAR los plazos para:
a. Presentación de las Rendiciones de Cuentas de la Municipalidades y Comisiones Municipales que se
hagan en papel.
b. Presentación de las Rendiciones de Cuentas de los Organismos de la Administración Pública
Provincial, Centralizados y Descentralizados, que no estén alcanzados por el Decreto N° 958-E-2020.
c. Auditorias en trámite que no puedan ser hechas de manera remota.
d. Juicios de Cuentas: presentación de descargos, pago de multas y cargos formulados a los
cuentadantes


ESTABLECER que, a partir del 01 de Julio de 2021, el único mecanismo de recepción de invitaciones a licitaciones, aperturas de sobres, recepciones y de todas las notas en general será mediante el sistema GDE, usando la herramienta CCOO (Comunicaciones Oficiales), para todos los Organismos de la Administración Pública Provincial alcanzados por el decreto DECTO-2020-958-E-GDESDE-GSDE del Poder Ejecutivo Provincial, debiendo remitir las mismas al Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas como responsable administrativo, conforme Ley 5792.-


SUSPENDER el receso establecido mediante Acordada Nº 01/2002, Capítulo I, Art. 3º delAnexo, durante el mes de Julio de 2021.-


DETERMINAR el regreso a la habitualidad laboral de todo el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia a partir del próximo 09 de agosto.- VACUNACION. Todo el personal deberá presentar DDJJ informando si fue vacunado o no. En caso de haberlo hecho, deberá acompañar copia del Carnet Único de Vacunación.


Aprobar el “Reglamento para Auditorías”, que será de aplicación obligatoria para el Control Externo de las Cuentas y de la Gestión del Sector Público Provincial, abarcando los tres Poderes del Estado y todos los Organismos descentralizados, Se incorpora como Anexo 1 y en archivo embebido a la presente.