Adhesion covid19

El Tribunal de Cuentas de la provincia por Acordada adhirió a las disposiciones de restricción por COVID 19 del Poder Ejecutivo

El órgano de control, por Acordada 2021-8-E-TDEC, adhirió en todos sus términos a lo dispuesto por el Superior Gobierno de la provincia para evitar el avance y propagación del coronavirus.

En los considerandos de una Acordada del organismo de contralor, destaca que “ha emitido las Acordadas 05-E-2020, 06-E-2020, 19-E-2020, 02-E-2021, y disposiciones complementarias, que permitieron la adquisición de material informático, de software, la entrada en vigencia de la firma digital y el Expediente Electrónico, y la capacitación del personal para la realización de tareas en forma remota, mediante los sistemas GDE, que administra el Poder Ejecutivo Provincial, y el SARC, que pertenece a este Tribunal”, así como “en cumplimiento de los protocolos establecidos, implementó las condiciones necesarias para proporcionar seguridad al Personal, en especial relacionado con la higiene, desinfección, sanitización, provisión de paneles divisorios en escritorios compartidos y elementos de protección necesarios para el habitual cumplimiento del trabajo en cada dependencia “.

Por ello, y en adhesión a las disposiciones impuestas por el Poder Ejecutivo Provincial, dispone que “se mantenga sin cambios la recepción de los expedientes electrónicos, tanto de Rendiciones de Cuentas de Organismos Centralizados y Descentralizados, como de Contrataciones, Redeterminaciones, locación de inmuebles, expedientes o contrataciones pendientes de pago y cuya prestación se encuentra cumplida, y toda otra tramitación en Expediente Electrónico.

En cuanto a los Expedientes en Papel, indica que aquellos organismos no alcanzados por el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial para el uso del sistema GDE, “podrán presentar los mismos ante Mesa General de Entradas en las materias de los puntos, para lo cual deberán gestionar turno en la página web del Tribunal de Cuentas: www.tcse.gob.ar.

También se suspenden los plazos para la presentación de las Rendiciones de Cuentas que se hagan en papel, tanto por parte de Municipalidades y Comisiones Municipales como de los Organismos de la Administración Pública Provincial, Centralizados y Descentralizados. También se suspenden los plazos de las auditorias en trámite que no puedan ser hechas de manera remota, como de los Juicios de Cuentas (presentación de descargos, pago de multas y cargos formulados a los cuentadantes). La suspensión de los plazos establecidos implica la paralización del curso en los trámites, reanudándose automáticamente en el mismo estado que hubieren quedado.

Respecto al personal del organismo, indica la Acordada que todos aquellos que realicen tareas en materia no suspendida “lo hará de modo remoto, manteniéndose los mismos plazos de tramitación conforme las normativas vigentes y continuando los controles y las evaluaciones internas”, incluyendo las “tareas deban hacerse en expedientes en papel”.

Se acuerda también el establecimiento de “guardias mínimas”, convocadas por el Presidente Dr. Martín Díaz Achaval.

También establece que “se deberán ordenar las auditorías a realizarse este año bajo modalidades que permitan su realización de forma remota”.

Por último, “se faculta al Presidente de este Tribunal de Cuentas Dr. Martín Díaz Achaval, a dictar las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Acordada”.

Ratificando los fundamentos dados por el Gobernador de la Provincia, Dr. Gerardo Zamora, recuerda el Tribunal de Cuentas que son diversas sus funciones, entre las que destaca:
a. Control de las Rendiciones de Cuentas de la totalidad de los Organismos Provinciales, tanto Centralizados como Descentralizados.
b. Control de las Rendiciones de Cuentas de los Municipios que no tienen Tribunal de Cuentas, y de la totalidad de las Comisiones Municipales, tanto de los fondos provinciales como de los diferentes programas nacionales.
c. Realización de Auditorías sobre cualesquiera de los organismos señalados en los puntos a) y b).
d. Juicios de Cuentas.
e. Colaboración mediante la realización de Auditorías con la SIGEN en el marco de la Red de Federal de Organismos de Control respecto a Programas Nacionales bajo la órbita de dicho órgano de control interno del Poder Ejecutivo Nacional.
f. Control en materia de Contrataciones en el marco de la Ley 7253 conforme Acordada 18-E-2020, tanto de las contrataciones de bienes y servicios, como en las de obras y servicios públicos, incluidas las de emergencia por COVID-19.
g. Control en materia de Redeterminaciones conforme Acordada 22/2012.
h. Control en materia de locación de inmuebles conforme Acordada 14/2019.
i. Control en materia de expedientes o contrataciones pendientes de pago y cuya prestación se encuentra cumplida conforme Acordadas 09/2005 y 14/2005.
j. Consultas en general”.

Suscriben la Acordada, el Presidente, Dr. Martín Díaz Achaval; Vicepresidente, Cr Alfredo Juri y Vocales; Dra Marcela Garnica Cr. Ricardo Rubio.

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