Preguntas Frecuentes: Régimen único de contrataciones de la Provincia

No hay modificaciones a la Ley 7253 desde  2018, cuando se dictó la ley 7267 (B.O. 26/12/2018). 

En lo atinente a las multas a empresas, tal como señala el Reglamento, se regirá por lo vigente actualmente desde el RUPSE. En las multas que pudieran surgir de las responsabilidades de agentes y funcionarios provinciales por artículo 13 de la ley 7253, será el Tribunal de Cuentas el que las aplique.

En el caso de las Garantías, como en el de las Contrataciones Directas por Excepción o el Remate, está reglamentando lo establecido en el capítulo 4 de la Ley 7253. En tema de garantías, específicamente lo señalado por el artículo 32, que tiene el mismo texto que el primer reglamento (Decreto 3429/2018

La Comisión de Apertura de ofertas es sustituida por la comisión de preadjudicacion.

La presencia de Escribanía de Gobierno se tornará necesaria solamente en los casos de aperturas remotas, o cuando las circunstancias así lo consideren.

La fuente es el régimen nacional, en el cual se hace la convocatoria con un monto general, ganando el que ofrece menor costo por unidad. Justamente el monto total, que es el afectado preventivamente, es el que se deberá tener en cuenta para las garantías. Es una orden de comra abierta, pero con un límite,

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